Resolución del Defensor del Pueblo Andaluz dirigida a la Federación Andaluza de Salvamento y Socorrismo.
En este artículo vamos a analizar aquellas funciones que la legislación vigente en Andalucía otorga a los socorristas, que se reflejan en el Reglamento Sanitario de las Piscinas de Uso Colectivo y en el Convenio Colectivo de Mantenimiento y Conservación de Instalaciones Acuáticas.
De igual forma, en un próximo artículo indicaremos aquellos aspectos que no son responsabilidad de los socorristas, bien porque la legislación actual en Andalucía no lo contemple o porque razones de otra índole, como de seguridad y prevención, así lo señalen.
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